sábado, 3 de mayo de 2014

CÁTEDRA UPESISTA



La palabra cátedra en el lenguaje usual significa; asiento de un profesor, materia que imparte un maestro. Figurativamente se emplea para referirnos a la clase o enseñanza que imparte un maestro de gran fama o que se imparte en una universidad. Esta palabra etimológicamente proviene del griego καθέδραque significa asiento, llega al español a través de la palabra latina cathedra donde también significa asiento. Se empleaba esta palabra para referirse al asiento algo elevado que ocupaban los maestros de la antigüedad, especialmente en las primeras universidades, para impartir sus enseñanzas.
Es uno de los nombres más empleados por tradición y la forma en que se utiliza dentro del contexto espiritualista no contradice su significado habitual, no es muy clara, pero no confunde tanto. Facultad: En su uso común, significa entre otras cosas la potencia, aptitud o poder que se tiene para realizar algo; así que hablando figurativamente al hablar de “facultad de cátedra” hablamos de una persona que tiene la aptitud o el poder para transmitir una cátedra. No es la expresión más correcta, pero es una de las mejores además de su amplia difusión.
Esta asignatura nos da a entender todo lo relacionado de nuestra universidad popular del cesar; tanto como sus instalaciones sus docentes etc.
nos muestra o nos visualiza acerca de sus orígenes y orígenes del las demás universidades.
no se porque la gran mayoría de nosotros los estudiantes la catalogamos materia de relleno. sabiendo que es de vital interés para nuestro desarrollo académico e intelectual.

INGENIEROS AMBIENTALES FORMADORES DE UN PLANETA SALUDABLE UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR



La ingeniería ambiental o ingeniería en tecnología ambiental, es la rama de la ingeniería que estudia los problemas ambientales de forma integrada, teniendo en cuenta sus dimensiones ecológicas, sociales, económicas y tecnológicas, con el objetivo de promover un desarrollo sostenible.
Es un área y rama de las ciencias ambientales que se basa en el diseño, la aplicación, y la gestión de procesos, productos y servicios tecnológicos para la prevención, el control y remedio de problemas de degradación ambiental; para el desarrollo del uso sustentable de recursos naturales en procesos productivos y de consumo, teniendo siempre como prioridad la excelente calidad de vida en nuestro entorno.
La ingeniería ambiental contribuye a garantizar, mediante la conservación y preservación de los recursos naturales, una mejor calidad de vida para la generación actual y para las generaciones futuras. Esta disciplina, en pleno desarrollo, ve cada vez más claro su objetivo y ha venido consolidándose como una necesidad, ya que proporciona una serie de soluciones propicias para enfrentar la actual crisis ecológica que vive el planeta. Por esto, es considerada por muchas personas como una profesión de gran futuro.
El ingeniero ambiental debe saber reconocer, interpretar y diagnosticar impactos negativos y positivos ambientales, evaluar el nivel del daño ocasionado en el ambiente (en el caso de un impacto negativo) y proponer soluciones integradas de acuerdo a las leyes medioambientales vigentes, así descubrir una relación ambiental más severa.
Su campo se complementa y se comparte en los últimos años con las tareas que afronta la Ingeniería Sanitaria, mientras la Ingeniería Ambiental extiende su actividad a los ambientes aéreos y edáficos.
GRACIAS ala universidad popular del cesar por brindarnos esos conocimientos adecuados para salir a buscar y brindar un planteta mas limpio con menos contaminacion .

REGLAS DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR








Acuerdo 009 del 21 de febrero de 1994 donde se adopta el reglamento estudiantil de la Universidad Popular del Cesar
Acuerdo 015 del 11 de diciembre de 2002 por medio del cual se reglamenta el Artículo 3° del Acuerdo No. 009 del 21 de febrero de 1994, emanado del Consejo Superior Universitario de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 016 del 11 de diciembre de 2002 por medio del cual se adoptan los lineamientos curriculares para la implementación de los sistemas de unidades de créditos académicos en los programas de la Universidad Popular del Cesar.
ACUERDO 003 de 08 de febrero de 2003 por medio del cual se expiden normas que modifican transitoriamente el reglamento estudiantil,  contenido en el Acuerdo no. 009 del 1994.emanado por el consejo superior universitario
ACUERDO 005 de 14 de febrero de 2003 por medio del cual se adoptan los sistemas de unidades de créditos académicos y los lineamientos curriculares para su implementación en los programas de la UPC.
Acuerdo 007 del 06 de agosto de 2003 por medio del cual se reglamentan las prácticas empresariales curriculares para la Facultad de ciencias Administrativas, Contables y Económicas. 
RESOLUCION NO. 3580 DE 2003, Por medio del cual se reglamenta transitoriamente el régimen académico de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 018 del 16 de diciembre de 2005 por el cual se reglamenta la prueba supletoria o diferido contenido en los artículos 34 y 43 del Acuerdo No. 009 de 1994 “Reglamento Estudiantil”. 
Acuerdo 019 del 16 de diciembre de 2005 por el cual se reglamentan las transferencias internas y externas de la Universidad Popular del Cesar contenidas en los Artículos 6°,  7° y 8° del Reglamento Estudiantil. 
Acuerdo 020 del 16 de diciembre de 2005 por medio del cual se reglamentan los criterios de desempate para aspirantes y estudiantes de los programas académicos de la Universidad Popular del Cesar. 
Acuerdo 006 del 28 de marzo de 2006 por el cual se implementan en la Universidad Popular del Cesar Cursos Nivelatorios.
Acuerdo 007 del 19 de abril de 2006 por el cual se modifica el artículo décimo del Acuerdo No. 006 del 28 de marzo de 2006.
Acuerdo 012 del 09 de agosto de 2006 por el cual se modifica el Acuerdo 019 del 16 de diciembre de 2005, reglamentario de las transferencias internas y externas.
Acuerdo 038 del 21 de diciembre de 2006 por medio del cual se delega el cumplimiento de unas funciones en los Consejos de Facultad
Resolución 1925 del 5 de diciembre de 2006, por medio del cual se reglamentan devoluciones de dinero a estudiantes de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 023 del 06 de agosto de 2009 por medio del cual se suspende la aplicación del acuerdo 020 de 28 de julio de 2009 y se adoptan unas disposiciones en materia de cancelación de asignaturas en cero y otras.
Acuerdo 008 del 02 de julio de 2010 por medio del cual se modifica el artículo 18 del Acuerdo No. 009 del 21 de febrero de 1994 del Consejo Superior
Acuerdo 009 del 02 de julio de 2010 por medio del cual se otorgar estímulos a los estudiantes pertenecientes a los semilleros de investigación de la Universidad Popular del Cesar y se dictan otras disposiciones.
Acuerdo 010 del 02 de julio de 2010 por medio del cual se modifica el Acuerdo 042 del 31 de julio de 2004 y el 019 del 30 de julio de 2008 y se dictan otras disposiciones.
Acuerdo 011 del 02 de julio de 2010 por el cual se expide el Reglamento de Bienestar Institucional.
Acuerdo 012 del 02 de julio de 2010 por el cual se adopta el Reglamento General de los Grupos Culturales  de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 013 del 02 de julio de 2010 por el cual se adopta el Reglamento General de los Grupos de Ayudas Sociales de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 014 del 02 de julio de 2010 por el cual se adopta el Reglamento General de los Grupos Deportivos de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 002 del 09 de febrero de 2011 por medio del cual se modifica el artículo segundo del acuerdo 010 del 2 de julio del 2010.

Acuerdo 004 del 10 de junio de 2011 por medio del cual se reglamenta académicamente el Acuerdo 012 de julio de 2010 emanado del Consejo Superior Universitario.
Acuerdo 005 del 10 de junio de 2011 por medio del cual se reglamenta académicamente el Acuerdo 013 de julio de 2010 emanado del Consejo Superior Universitario.
Acuerdo 006 del 10 de junio de 2011 por medio del cual se reglamenta académicamente el Acuerdo 014 de julio de 2010 emanado del Consejo Superior Universitario.
Acuerdo 020 del 28 de julio de 2011 por el cual se derogan los acuerdos sobre cancelaciones de asignaturas calificadas en cero punto cero.
Acuerdo 016 del 12 de diciembre de 2011 por medio del cual se deroga en su integridad el Acuerdo No. 008 del 02 de junio de 2010, emanado del Consejo Académico de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 026 del 15 de diciembre de 2011, por medio del cual se deroga totalmente el acuerdo 008 del 02 de julio de 2010, emanado del consejo superior universitario (cancelación asignaturas)
Resolución 031 del 12 de enero de 2011, por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1768 de noviembre 16 de 2006, que reglamentó los requisitos para otorgar exoneraciones y descuentos a estudiantes y funcionarios de la Universidad Popular del Cesar.
Resolución 058 del 21 de enero de 2011, Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 031 de enero 12 de 2011, que modifica la Resolución 1768 de noviembre 6 de 2006, la cual reglamenta los requisitos para otorgar exoneraciones y descuentos a estudiantes y funcionarios de la Universidad Popular del Cesar.
Acuerdo 005 del 24 de marzo de 2012, Por el cual se establece el número de créditos requisitos a cursar en los programas académicos de pregrado, programas técnicos profesionales y tecnológicos de la Universidad Popular del Cesar.

CANCELACION DE UNA MATERIA

 
 Para cancelar la materia tenemos 6 pasos a seguir:
1.si el docente es un acosador sexual
2. si el docente es un pervertido sexual
3.si el docente no asiste a clases
4.si el docente no pasa las notas
5.si el docente manda a un suplente
6.si al estudiante le parece aburrida la clase.
 
ADVERTENCIA: si van perdiendo la materia no puede ser cancelada.
solo podrán cancelar las materias que vallan en 0.0 o que estén en 3.0 o mas.
 
dicha cancelación de materias tienen una fecha limite la cual hay consultarla en el calendario académico.
Mediante el vortal puedes realizar la realización de la factura pagar en el banco y listo.
MATERIA CANCELADA...
 
 

NUESTRA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR

En 1997, mediante Acuerdo 037 de fecha 22 de diciembre, expedido por el honorable Consejo Superior Universitario, se crea el sistema de investigación y extensión de la Universidad Popular del cesar, en 1.998 a través del Acuerdo 002 de fecha 16 de enero, ese cuerpo colegiado modifica el Acuerdo de constitución y fortalece la estructura con el propósito de consolidar el sistema de investigación en la Institución. El presente Acuerdo deroga el acuerdo 0009 del 12 de marzo de 1985 y demás disposiciones que le sean contrarias.
La Vicerrectoría de Investigaciones se constituyó como ente rector responsable de diseñar, promover y ejecutar las políticas de investigación de la institución, con el objetivo fundamental de generar un impacto positivo sobre la región.
El investigador de la Universidad Popular del Cesar, se caracteriza por ser un dinamizador de los procesos de investigación en el marco de los principios misionales, a través de la ejecución de proyectos de investigación, inversión y proyección social, tomando como referente el plan decenal de la Institución, el plan de desarrollo departamental, la visión 2032 del Departamento del Cesar como región, el sistema de universidades del Caribe colombiano, los lineamiento de Colciencias, con el propósito de contribuir a la construcción de l tejido de investigación institucional, local y regional, a través de la articulación con los semilleros adscritos a los grupos de investigación a fin de crear esa cultura investigativa, con la participación de estudiantes de pregrado y postgrado para garantizar el relevo generacional y la consolidación de una masa critica constituida por un personal altamente calificado.